Artículo 69 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tamaulipas
Capítulo I
El personal de la Fiscalía General tendrá derecho a ser reconocido mediante estímulos, preseas y numerario, cuando lo amerite su desempeño y los servicios prestados a la institución, de conformidad a la legislación aplicable y a los lineamientos que para el efecto emita la persona titular de la Fiscalía General
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- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Tamaulipas, con la reforma del 24 de marzo de 2026. Documento oficial