Artículo 4 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Tabasco
Capítulo II
Reglas de Competencia
El Ministerio Público del Estado de Tabasco perseguirá ante los tribunales los delitos del orden común y los que sean de la jurisdicción de las autoridades del Estado de Tabasco conforme a las reglas de competencia establecidas en el Código Nacional y las leyes aplicables. En el mismo contexto, se conducirá respecto de los tipos, formas y reglas de incompetencia.
Asimismo, en su calidad de representante de la sociedad, intervendrá en todos los asuntos que esta Ley u otros ordenamientos establezcan en el ámbito de sus atribuciones
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Tabasco, con la reforma del 7 de noviembre de 2018. Documento oficial