Artículo 17 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Tabasco
Capítulo V
Órgano Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias
La Fiscalía contará con órganos especializados en mecanismos alternativos de solución de controversias, que deberán fomentar la cultura de la paz y tramitar los procedimientos alternativos previstos en el Código Nacional y las leyes de la materia, y ejercer sus facultades con independencia técnica y de gestión así como proponer el procedimiento alternativo que resulte más adecuado para cada caso concreto. Dichos órganos se crearán en el territorio estatal conforme a la disponibilidad presupuestal y lo señalado en el Reglamento Interior.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Tabasco, con la reforma del 7 de noviembre de 2018. Documento oficial