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Leyes Descargar AYA

Artículo 12 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Tabasco

Capítulo V

De las Vicefiscalías.

Para el desarrollo de las atribuciones de la Fiscalía, se establecerán, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal, las Vicefiscalías que sean necesarias, las que auxiliarán al Fiscal en los términos de sus respectivas competencias, con la estructura y funciones que señalen las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Tabasco, con la reforma del 7 de noviembre de 2018. Documento oficial