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Leyes Descargar AYA

Artículo 46 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro

Capítulo Quinto

El personal de la Fiscalía General en el ejercicio de sus funciones o actividades, deberá observar las normas y disposiciones legales aplicables, cuyo incumplimiento se sujetará al procedimiento correspondiente, derivando en las responsabilidades a que haya lugar.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Querétaro. Documento oficial