Artículo 2 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León
Qué cambió entre versiones
Cambios de este artículo
Comparas el texto del 27 de julio de 2026 (reforma del 10 de mayo de 2025) con el del 19 de octubre de 2026 (reforma del 10 de mayo de 2025), que es el vigente.
1 párrafo cambió 13 palabras agregadas 7 palabras quitadas
Lo agregado va subrayado en verde y lo quitado, tachado en rojo. Si un párrafo se reescribió casi entero, verás el antes y el ahora uno sobre otro.
Así decía el texto del 27 de julio de 2026. Lo que luego se quitó va marcado en rojo.
Así dice el texto del 19 de octubre de 2026. Lo que se agregó va marcado en verde.
A la izquierda, el texto del 27 de julio de 2026; a la derecha, el del 19 de octubre de 2026.
7 párrafos sin cambios
Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
I. Fiscalía General: La Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León;
II. Fiscal General: La persona titular de la Fiscalía General;
III. Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción: La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Nuevo León;
IV. Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción: La persona titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción;
V. Fiscalía Especializada en Delitos Electorales: La Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Nuevo León;
VI. Fiscal Especializado en Delitos Electorales: La persona titular de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales;
Cambio 1 · Cambió
(REFORMADA P.O. 1022 DE MAYODICIEMBRE DE 2025) VIl.VII. Fiscalías Especializadas: La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del del Estado de Nuevo León, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Nuevo León; la Fiscalía Especializada Antisecuestros, la Fiscalía Especializada en Feminicidios Feminicidios;y Delitos Cometidos contra la Mujer; la Fiscalía Especializada en Tortura, la Fiscalía Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, y las demás Fiscalías Especializadas de la Fiscalía General de Justicia del del Estado de Nuevo León;
Antes
(REFORMADA P.O. 10 DE MAYO DE 2025) VIl. Fiscalías Especializadas: La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Nuevo León, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Nuevo León; la Fiscalía Especializada Antisecuestros, la Fiscalía Especializada en Feminicidios; la Fiscalía Especializada en Tortura, la Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, y las demás Fiscalías Especializadas de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León;
Ahora
(REFORMADA P.O. 22 DE DICIEMBRE DE 2025) VII. Fiscalías Especializadas: La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Nuevo León, la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Nuevo León; la Fiscalía Especializada Antisecuestros, la Fiscalía Especializada en Feminicidios y Delitos Cometidos contra la Mujer; la Fiscalía Especializada en Tortura, la Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, y las demás Fiscalías Especializadas de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León;
3 párrafos sin cambios
VIII. Ley: La Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León;
IX. Presupuesto: El Presupuesto de Egresos de la Fiscalía General establecido en la Ley de Egresos del Estado de Nuevo León del año que corresponda; y
X. Servicio de Carrera: El servicio de carrera de las Instituciones de Procuración de Justicia.
AYA registra el texto de la fuente oficial en cada cotejo y compara palabra por palabra. Las diferencias de espacios o de cómo se partió una palabra en el PDF no cuentan como cambio. Para efectos legales, consulta el decreto de reforma en el Diario Oficial o el periódico oficial del estado.