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Artículo 97 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit

Capítulo IV

- La Fiscalía General contará con un Órgano Interno de Control a cargo de promover,

evaluar

y

fortalecer

el

buen

funcionamiento

del

interno,

así

la

investigación,

substanciación

y

calificación

de

las

faltas

de

su

competencia. En su desempeño el Órgano Interno de Control se sujetará a los principios de legalidad, imparcialidad,

objetividad,

congruencia,

verdad

material

y

respeto

a

los

humanos. (REFORMADO TERCER PÁRRAFO, P.O. 28 DE MAYO DE 2019) A efecto de designar al titular del Órgano Interno de Control, el Fiscalía General propondrá

una

terna

al

Congreso

del

que

el

Pleno

decida

lo

conducente,

en

de

la

interna,

lo

anterior

de

los

diez

a

la

falta

de

éste.

El

titular

del

de

durará

seis

años

en

el

y

podrá

ser

reelecto

por

una

sola

vez,

a

la

de

la

materia. (ADICIONADO, P.O. 24 DE MARZO DE 2023)

Para ser titular del Órgano Interno de Control deberá cumplir con los siguientes

de

elegibilidad:

I.- Ciudadanía mexicana, en pleno goce de sus derechos;

II.- Tener residencia efectiva en el Estado de Nayarit de un año previo al día de su designación;

III.- Contar con título y cédula profesional en áreas contables, económico-administrativas,

jurídicas

o

financieras,

menos

con

tres

años

de

antigüedad,

expedido

por

autoridad

o

legalmente

facultada

ello;

IV.- Gozar de buena reputación y no estar inhabilitado para ocupar un empleo, cargo o comisión

en

el

público;

V.- Contar cuando menos con tres años de experiencia en materia de fiscalización, rendición

de

cuentas,

interno,

contabilidad

o

auditoría

gubernamental,

responsabilidades

o

adquisiciones,

arrendamientos

y

servicios

del

sector

público;

VI.- No ser o haber sido dirigente de partido político nacional, estatal o municipal en el año

inmediato

anterior

a

su

designación,

y

VII.- No haber ejercido ministerio de algún culto religioso, en los tres años anteriores a su

designación. El Órgano Interno de Control contará con los recursos presupuestales necesarios para el

debido

de

sus

atribuciones.

(REFORMADO QUINTO PÁRRAFO, P.O. 28 DE MAYO DE 2019) Será un Órgano de la Fiscalía General y mantendrá la coordinación técnica para el

de

sus

con

el

Anticorrupción. (ADICIONADO, P.O. 11 DE FEBRERO DE 2017

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Nayarit, con la reforma del 14 de agosto de 2024. Documento oficial