Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 45 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit

Capítulo III

- Los servicios periciales que se brinden en auxilio de la función investigadora

del

estarán

a

la

Dirección

de

Servicios

Periciales. Los Peritos actuarán bajo la autoridad y mando inmediato del Ministerio Público, sin perjuicio

de

la

independencia

de

criterio

técnico

que

les

corresponde

en

el

estudio

de

los

asuntos

que

se

sometan

a

su

dictamen

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Nayarit, con la reforma del 14 de agosto de 2024. Documento oficial