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Leyes Descargar AYA

Artículo 34 Bis Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Nayarit

Capítulo III

El titular de la Fiscalía General designará y removerá libremente a los titulares

de

las

Fiscalías

Especializadas,

Unidades

de

y

Coordinaciones

Regionales

con

base

a

sus

méritos

y

capacidades

ejercer

el

cargo,

satisfacer

un

perfil

previamente

establecido

y

cubrir

los

mismos

que

ser

del

con

excepción

de

los

contemplados

en

el artículo 5 fracciones

I

y

II,

quienes

se

sujetarán

a

lo

por

el artículo 100 de

la

el

Estado. (ADICIONADO, P.O. 28 DE MAYO DE 2019)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Nayarit, con la reforma del 14 de agosto de 2024. Documento oficial