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Leyes Descargar AYA

Artículo 86 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Capítulo II

Para el ingreso y permanencia como Agente de la Policía de Investigación Criminal de Servicio de Carrera, se deberá de reunir los requisitos establecidos al efecto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos. Asimismo, tratándose de su permanencia, resultarán exigibles los requisitos que se señalan a continuación:

I. Cumplir las órdenes de comisión, rotación y cambios de adscripción de conformidad con las necesidades del servicio, y II. No incurrir en actos u omisiones que causen la pérdida de confianza o afecten la prestación del servicio

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial