Artículo 77 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos
Capítulo II
Para ser Fiscal Anticorrupción se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
I. Contar con experiencia en materia penal o procesal penal de al menos cinco años, de los cuales al menos uno en materia de delitos de corrupción;
II. No estar sujeto a proceso penal, y III. No haber sido defensor particular o asesor jurídico de sujetos a proceso al momento de su designación.
En el Reglamento se normará la suplencia del Fiscal Anticorrupción en los casos de ausencia temporal, suplencia que no podrá durar más de noventa días naturales
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial