Artículo 72 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos
Capítulo I
El Servicio de Carrera de los Agentes y Oficiales Auxiliares del Ministerio Público, los Peritos y los Agentes de la Policía de Investigación Criminal de la Fiscalía General, comprenderá la selección, ingreso, permanencia, estímulos, promoción, reconocimiento y terminación del mismo, en las siguientes etapas:
I. El ingreso, que comprende los requisitos y procedimientos de selección, formación y certificación inicial, así como registro;
II. El desarrollo, que comprende los requisitos y procedimientos de formación continua y especializada, actualización, evaluación para la permanencia, evaluación del desempeño, desarrollo y ascenso, estímulos y reconocimientos, promoción, reingreso y certificación. De igual forma, comprenderá medidas disciplinarias y sanciones para el personal del Servicio de Carrera, y III. La terminación, que comprende las terminaciones ordinarias y extraordinarias del Servicio de Carrera, así como los procedimientos establecidos por las disposiciones jurídicas aplicables para el efecto
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial