Artículo 120 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos
Capítulo II
El Consejo de Honor podrá proponer la condecoración de elementos que se hayan destacado por su actuación y desempeño en el servicio.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Marco Jurídico del Estado de Morelos, con la reforma del 25 de enero de 2024. Documento oficial