Artículo 7 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo, al Servicio de las Víctimas
Capítulo I
Atención integral con perspectiva de género La Fiscalía implementará un modelo de atención integral que garantice la protección de los
de
las
mujeres
en
todos
los
casos,
incluida
la
tentativa
de
feminicidio
y
el
feminicidio,
con
base
en
los
principios
de
debida
diligencia,
perspectiva
de
género,
interseccionalidad
y
exhaustividad.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Michoacán, con la reforma del 7 de octubre de 2025. Documento oficial