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Artículo 18 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Michoacán de Ocampo, al Servicio de las Víctimas

Capítulo II

Estructura orgánica básica Para el despacho de los asuntos que le competen, la Fiscalía contará con la siguiente estructura

orgánica

básica:

I. Fiscal, cuya oficina integrará, al menos, la Secretaría Técnica, la Secretaría Particular, así

la

Unidad

de

Intervención

de

Comunicaciones

Privadas;

II. Vicefiscalías:

a) De Inteligencia e Investigación Criminal, que integrará al menos la Coordinación de Policía

de

Investigación,

la

Coordinación

de

Servicios

Periciales

y

la

Agencia

de

Investigación

Criminal;

b) De Control Interno y Evaluación, que integrará al menos, las Fiscalías de Asuntos Internos,

de

Evaluación

y

Control

de

Gestión;

c) De Operaciones y Coordinación Territorial, que integrará al menos las Fiscalías Regionales

de:

Morelia,

Uruapan,

Zamora,

Zitácuaro,

Apatzingán,

La

Piedad,

Jiquilpan,

Lázaro

Cárdenas,

Huetamo

y

Coalcomán;

d) De Delitos de Alto Impacto, que integrará al menos las Fiscalías Especializadas en

de:

Delitos

Patrimoniales

y

Narcomenudeo,

Asuntos

Especiales,

Secuestro,

Homicidio

Doloso,

Feminicidio

y

en

Robo

al

Transporte

y

Robo

de

Vehículos;

y,

e) De Derechos Humanos, que integrará al menos Fiscalías Especializadas en materia de:

Violencia

Familiar

y

de

Género;

Niñas,

Niños

y

Adolescentes;

Tortura,

Tratos

Crueles,

Inhumanos

o

Degradantes;

Desaparición

Forzada

y

Desaparición

Cometida

por

Particulares;

Libertad

de

Expresión;

y

Delitos

Contra

el

Ambiente

y

la

Fauna.

III. Fiscalías Regionales;

IV. Fiscalías Especializadas;

V. Policía de Investigación;

VI. Servicios Periciales;

VII. Unidad de Inteligencia Patrimonial, Financiera y Ciberseguridad;

VIII. Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias;

IX. Instituto de Capacitación y Servicio Profesional de Carrera;

X. Centro de Justicia Integral para las Mujeres;

XI. Dirección General Jurídica y de Derechos Humanos;

XII. Dirección General de Tecnologías de la Información, Planeación y Estadística;

XIII. Dirección General de Administración;

XIV. Órgano Interno de Control; y, XV. Los demás que establezca el Reglamento de esta ley o el Fiscal, de conformidad con

las

posibilidades

presupuestarias.

Durante los procesos electorales la Fiscalía contará con una Fiscalía Especializada para la

Atención

de

Delitos

Electorales.

El Reglamento de esta ley debe regular las funciones de cada área, así como las facultades

y

obligaciones

del

adscrito

a

las

mismas,

de

con

ley

y

normativa

aplicable,

a

fin

de

cumplir

eficazmente

la

función

de

la artículo 19 Organización y respuesta a fenómenos criminales emergentes El Fiscal tiene la facultad de expedir los instrumentos normativos, reglamentarios e internos,

que

garanticen

la

organización

y

funcional

de

la

institución,

orientada

a

la

eficiencia,

la

transparencia

y

el

respeto

a

los

humanos.

En ejercicio de esta atribución, y con apego a las disposiciones presupuestales, el Fiscal está

facultado

crear,

modificar

o

extinguir

administrativas

y

fiscalías

especializadas,

permanentes

o

temporales,

con

el

propósito

de

fortalecer

la

procuración

de

justicia,

atender

de

alto

impacto

y

responder

de

manera

inmediata

a

fenómenos

criminales

emergentes,

acuerdo

publicado

en

el

Periódico

Oficial

del

Gobierno

Constitucional

del

de

de

Ocampo.

Las unidades de carácter temporal están sujetas a procesos de evaluación y rendición de

cuentas,

y

sus

resultados

deben

integrarse

en

el

Informe

Anual

de

Actividades

que

el

presente

al

del

expresión

de

un

modelo

de

gestión

adaptable,

responsable

y

comprometido

con

la

ciudadanía.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Fiscalía General del Estado de Michoacán, con la reforma del 7 de octubre de 2025. Documento oficial