Artículo 72 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato
Capítulo Único
La capacitación y formación de los servidores públicos de la Fiscalía General, así como los programas de especialización y actualización que se cursen, se diseñarán de conformidad con las necesidades del servicio que se tengan, con base en las normas que al efecto emita el Fiscal General.
Principios rectores
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Guanajuato, con la reforma del 21 de abril de 2026. Documento oficial