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Leyes Descargar AYA

Artículo 67 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato

Capítulo Único

Los servidores públicos de la Fiscalía General deberán excusarse del conocimiento de los asuntos en que intervengan, por los mismos motivos establecidos respecto de los jueces y magistrados en el Código Nacional. El imputado, la víctima u ofendido, podrán solicitar por escrito la recusación invocando alguno de tales motivos.

Excusa

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Guanajuato, con la reforma del 21 de abril de 2026. Documento oficial