Artículo 126 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Guanajuato
Capítulo II
Para la determinación y autorización de la aplicación de los recursos con cargo al Fondo Auxiliar para la Procuración de Justicia, se integrará un Comité en los términos que dispongan los lineamientos que emita el Fiscal General.
Fiscalización del Fondo.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Guanajuato, con la reforma del 21 de abril de 2026. Documento oficial