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Artículo 19 Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México

Capítulo SEGUNDO

La Fiscalía General elaborará su proyecto de presupuesto, el cual será enviado a la Legislatura para su incorporación en el Presupuesto de cada ejercicio fiscal.

El procedimiento para la presentación del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Fiscalía se establecerá en el Reglamento de esta Ley.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de LEGISTEL - Gobierno del Estado de México, con la reforma del 4 de febrero de 2026. Documento oficial