Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 4 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima

Capítulo I

Definiciones. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por:

I. Agente del Ministerio Público: A la funcionaria o funcionario público con facultades para la investigación y persecución de los delitos;

II. Código Nacional: Al Código Nacional de Procedimientos Penales;

III. Congreso del Estado o Congreso: Al H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Colima, depositario del Poder Legislativo;

IV. Constitución Federal: A la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

V. Constitución del Estado: A la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima;

VI. Convenios e instrumentos de vinculación: A los convenios de coordinación, colaboración, concertación y demás instrumentos de vinculación que celebre o se adhiera la Fiscalía General del Estado para la debida procuración de justicia y, en general, el cumplimiento de su función;

VII. Consejo: Al Consejo de Selección y Profesionalización de la Fiscalía General del Estado de Colima.

VIII. Ejecutivo del Estado: La persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Colima;

“2023, Año de la Conmemoración del 500 Aniversario de la Fundación de la Villa de Colima” 4 IX. Fiscal General: La persona Titular de la Fiscalía General del Estado de Colima;

X. Fiscalía General: A la Fiscalía General del Estado de Colima;

XI. Fiscalías Especializadas: A las fiscalías especializadas que tiene a su cargo la investigación y persecución de algún delito o grupo de delitos en particular;

XII. Institución: A la Fiscalía General del Estado de Colima;

XIII. Ley: A la presente Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima;

XIV. Ley del Sistema Estatal: A la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Colima;

XV. Ley del Sistema Nacional: A la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

XVI. Ley General de Responsabilidades: A la Ley General de Responsabilidades Administrativas;

XVII. Ley Nacional para Adolescentes: A la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes;

XVIII. Órgano Interno de Control: Al órgano de inspección, vigilancia, evaluación, fiscalización y control interno de la Fiscalía General;

XIX. Periódico Oficial del Estado: Al periódico oficial “El Estado de Colima” editado de forma impresa y electrónica;

XX. Personal de Carrera: Agentes del Ministerio Público, a las y los agentes de la policía investigadora y peritos;

XXI. Policía Investigadora: Al personal que integra el cuerpo de la policía investigadora de la Fiscalía General del Estado;

XXII. Reglamento del Servicio: Al Reglamento del Servicio Profesional de Carrera de la Fiscalía General del Estado de Colima; y

XXIII. Reglamento de la Ley: Al Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Colima, con la reforma del 12 de agosto de 2023. Documento oficial