Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 39 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima

Capítulo VII

Definición. La Fiscalía Especializada en la Investigación del Delito de Feminicidio es un Órgano desconcentrado de la Fiscalía General, la cual cuenta con autonomía técnica y operativa en materia de su competencia, la cual tiene competencia en el territorio del Estado de Colima, para investigar y perseguir los hechos constitutivos del delito de feminicidio.

Esta Fiscalía se integrará por su Titular que será nombrada por la persona Titular de la Fiscalía General, y contará con una Unidad de Análisis y Contexto y una Unidad Especializada en Investigación y Persecución del Delito de Feminicidio y Otras Muertes Violentas de Mujeres, Niñas y Adolescentes en el Estado de Colima, Agentes de la Policía Investigadora, Ministerios Públicos y personal de la Dirección General de Servicios Periciales y Ciencias Forenses que necesite para el cumplimiento de sus objetivos.

Además, la Fiscalía Especializada en la Investigación del Delito de Feminicidio, contará con los recursos humanos, financieros, tecnológicos y materiales, que resulten necesarios para su óptima operación y funcionamiento, en términos de la normatividad aplicable y la disponibilidad presupuestaria.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Colima, con la reforma del 12 de agosto de 2023. Documento oficial