Artículo 102 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima
Capítulo II
Cumplimiento de los fines del Consejo. Todo el personal de la Fiscalía General está obligado a brindar el apoyo, información, documentación y demás facilidades técnicas y administrativas necesarias que permitan cumplir con el objeto y fines del Consejo.
Los actos u omisiones por los que se niegue, oculte u obstruya el apoyo requerido por el Consejo se sancionarán conforme a lo previsto en la presente Ley, el Reglamento del Servicio y las demás leyes aplicables
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- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Colima, con la reforma del 12 de agosto de 2023. Documento oficial