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Artículo 99 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza

Sección II

Competencia de la Dirección General de Contraloría y Visitaduría. La Dirección General de Contraloría y Visitaduría, es el órgano desconcentrado de la Fiscalía General, con autonomía de gestión y criterio, que como órgano de control interno en términos de la Ley General de Responsabilidades, tendrá las siguientes competencias:

I. Es un órgano de investigación, supervisión, inspección y auditoria, mediante el cual se controla y evalúa el ejercicio del presupuesto, derechos, fondos e ingresos, conservación y uso de bienes de la Fiscalía General.

II. Sustanciar los procedimientos administrativos a que haya lugar por responsabilidad en el ejercicio del servicio público y aplicar las sanciones que correspondan.

III. Llevar a cabo la investigación y persecución de hechos que la ley considere como delitos en que incurran los servidores públicos de la Fiscalía General.

Los delitos en que incurran los servidores públicos de la Visitaduría General incluyendo a su titular serán investigados y perseguidos por el Fiscalía General o por el servidor público en quien se delegue la facultad.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial