Artículo 101 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Coahuila de Zaragoza
Sección II
Del titular de la Dirección General de Contraloría y Visitaduría. El titular de la Dirección General de Contraloría y Visitaduría, será nombrado en términos de la Constitución del Estado. Para ser nombrado titular de la Dirección General de Contraloría y Visitaduría , se deberán satisfacer los requisitos previstos para los cargos de Fiscales Especializados.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, con la reforma del 27 de junio de 2025. Documento oficial