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Leyes Descargar AYA

Artículo 93 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Título SEPTIMO

Como parte de la coordinación en materia de seguridad ciudadana, procuración y administración de justicia, la Fiscalía General, en el ámbito de sus competencias, y previo convenio de colaboración, intercambiará, suministrará y sistematizará, según sea el caso, los datos que se generen para coadyuvar a los Sistemas de Seguridad Ciudadana. Asimismo, podrá utilizar la información vertida por los Sistemas en el ámbito de la investigación y persecución de delitos, observando los requerimientos de las leyes de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso de la Ciudad de México, con la reforma del 25 de mayo de 2023. Documento oficial