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Leyes Descargar AYA

Artículo 90 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México

Título SEPTIMO

Fondo Especial para Emergencias La Fiscalía General contará con un fondo especial para emergencias para garantizar el desarrollo de sus actividades. La responsabilidad, gestión y administración de éste será facultad de la Coordinación General de Administración. TÍTULO NOVENO COORDINACIÓN CON ENTIDADES DE SEGURIDAD CIUDADANA, PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CAPÍTULO ÚNICO Artículo 91. Coordinación en Materia de Seguridad. La Fiscalía General aplicará en lo que corresponda a su competencia, las disposiciones contempladas en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, con el fin de colaborar con las instituciones de Seguridad Ciudadana en garantizar la paz y la seguridad ciudadana de las personas que habitan y transitan en la Ciudad de México, con pleno respeto a los derechos humanos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso de la Ciudad de México, con la reforma del 25 de mayo de 2023. Documento oficial