Artículo 31 Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México
Capítulo SEGUNDO
Objetivos del Programa de Persecución Penal El programa de persecución penal, tendrá como objetivos.
I. Elevar los controles actuación Ministerial;
II. El tratamiento que recibirá cada denuncia según el delito;
III. La factibilidad de las investigaciones delictivas y la calidad de los datos, medios y las pruebas aportadas al proceso penal;
IV. La trazabilidad de la investigación;
V. La revisión del índice delictivo y la actuación en consecuencia.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.
Texto tomado de Congreso de la Ciudad de México, con la reforma del 25 de mayo de 2023. Documento oficial