Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 49 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Chiapas

Capítulo I

Los Fiscales del Ministerio Público, Agentes de Investigación y Peritos se designarán por un período de dos años, al término del cual serán sometidos a una nueva evaluación y, en caso de resultar satisfactoria, se les expedirá el nombramiento por otro periodo igual. El mismo procedimiento procederá en los años subsecuentes.

(REFORMA PUBLICADA MEDIANTE P.O. NÚM. 251 DE FECHA 02 DE NOVIEMBRE DE 2022) (REFORMA PUBLICADA MEDIANTE EL P.O. NUM. 020, DE FECHA 13 DE FEBRERO DEL 2025

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Chiapas, con la reforma del 13 de febrero de 2025. Documento oficial