Artículo 32 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Baja California
Capítulo IV
Oficialía Mayor. La Oficialía Mayor tendrá a su cargo la administración general de los recursos económicos, materiales y humanos de la Fiscalía General del Estado. El Oficial Mayor para el ejercicio de sus funciones, tendrá bajo su mando la siguiente estructura orgánica:
I. Coordinación General Administrativa;
II. Dirección de Capital Humano;
III. Dirección de Recursos Financieros, Programación y Presupuesto;
IV. Dirección de Planeación y Evaluación de Políticas Institucionales;
V. Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales;
VI. Dirección de Licitaciones y Adquisiciones;
VII. Dirección de Informática y Comunicaciones;
VIII. Dirección de Bienes Asegurados y Abandonados;
IX. Dirección del Servicio Profesional de Carrera, y
X. Las demás que determine el Fiscal General de conformidad con las necesidades del servicio y margen presupuestal.
Las atribuciones, obligaciones, requisitos y características orgánicas de la Oficialía Mayor y las direcciones que la integran, estarán determinadas por el Reglamento de la presente Ley.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 25 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Congreso del Estado de Baja California, con la reforma del 31 de enero de 2025. Documento oficial