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Artículo 67 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes

Capítulo VII

Corresponde a la persona titular de la Coordinación del Centro de Justicia para Mujeres, además de las señaladas en el artículo 60 de la presente Ley, el ejercicio y cumplimiento de las siguientes atribuciones, facultades, deberes y obligaciones específicas:

I. Observar y promover los principios establecidos en el artículo 4 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia;

II. Realizar todas las acciones inherentes a la prevención, atención y erradicación de toda forma de violencia en contra de las mujeres, niñas y niños, y al favorecimiento de su desarrollo y bienestar, de conformidad con los principios a los que refiere la fracción anterior;

III. Coadyuvar con otras autoridades e instancias, públicas y privadas, en la prevención, atención y erradicación de toda forma de violencia en contra de las mujeres, niñas y niños;

IV. Prestar a las mujeres, niñas y niños víctimas de violencia, servicios integrales y multidisciplinarios de salud, alojamiento, acogimiento, atención médica, psicológica, jurídica, económica, productiva y asistencial;

V. Proporcionar a las personas identificadas como agresoras de mujeres, niñas y niños, servicios integrales y multidisciplinarios de reeducación, que sirvan para la erradicación de conductas violentas;

VI. Procurar la separación y el alejamiento de las personas identificadas como agresoras de mujeres, niñas y niños, con respecto de sus víctimas, y velar por la seguridad de quienes hayan sido acogidos en las instalaciones del Centro de Justicia para Mujeres; y

VII. Las demás que le encomiende el Fiscal General y que se establezcan en las disposiciones jurídicas aplicables

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial