Artículo 155 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes
Capítulo IV
El Servicio Profesional de Carrera se organizará de conformidad con las bases siguientes:
I. Tendrá carácter obligatorio y permanente; abarcará los planes, programas, cursos, evaluaciones, exámenes y concursos correspondientes a las diversas etapas que lo conforman;
II. Se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos;
III. Tendrá como objetivos principales la preparación, el desarrollo de las competencias y capacidades, la profesionalización y la superación constante de los servidores públicos de la Fiscalía General;
IV. Los programas de capacitación, actualización, especialización y certificación fomentarán, en su contenido teórico y práctico, la profesionalización y el ejercicio de atribuciones, con base en los principios y objetivos referidos, y promoverán el efectivo aprendizaje y el pleno desarrollo de las capacidades, habilidades, destrezas y actitudes necesarios para el desempeño del servicio público;
V. Determinará los perfiles, niveles jerárquicos en la estructura orgánica de la Fiscalía General y los rangos propios de la Fiscalía General;
VI. Contará con un régimen y procedimientos disciplinarios, sustentados en principios de justicia y con pleno respeto a los derechos humanos;
VII. Buscará el desarrollo, asenso y dotación de estímulos con base en el mérito y la eficiencia en el desempeño de (sic) funciones;
VIII. Promoverá entre los servidores públicos que lo integran el sentido de pertenencia a la Fiscalía General;
IX. Contendrá las normas para el registro y la certificación de los servidores públicos que lo integran;
X. Contendrá las normas para el registro de las incidencias de los servidores públicos que lo integran; y
XI. Las demás que señalen en (sic) reglamento de la presente Ley, el reglamento del Servicio Profesional de Carrera y las demás disposiciones aplicables
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.
Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial