Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 144 Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes

Capítulo II

Las sanciones que correspondan por faltas administrativas, serán las señaladas como tales en la Ley General de Responsabilidades y en la Ley Estatal de Responsabilidades y tanto su determinación e individualización como su ejecución se sujetarán a las reglas que para ello prevén dichas leyes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 13 de enero de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Aguascalientes, con la reforma del 14 de julio de 2025. Documento oficial