Artículo 352 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Capítulo IV
- Podrá garantizarse con prenda sin transmisión de posesión cualquier obligación, con independencia de la actividad preponderante a la que se dedique el deudor. Artículo adicionado DOF 23-05-2000
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 26 de marzo de 2024. Documento oficial