Artículo 51 Bis 3 Ley General de Salud
Qué cambió entre versiones
- Primer registro
- Cambió
- Sin cambios
- Sin cambios
Del texto del 9 de diciembre de 2025 (reforma del 7 de junio de 2024) al del 15 de mayo de 2026.
El texto anterior sale de la copia del PDF oficial que guardó el Internet Archive el 9 de diciembre de 2025, leída con el mismo método que el texto vigente.
25 palabras agregadas 9 palabras quitadas
- Las quejas que loslas usuariospersonas usuarias presenten por la atención médica recibida,recibida deberán deberán ser atendidas y resueltas en forma oportuna y efectiva porpor:
I. Los prestadores de servicios de saludsalud;
II. La Comisión Nacional de Arbitraje Médico, o
III. porLas las instancias que las instituciones de salud de las entidades federativas tengan definidas para tal fin, cuando la solución corresponda a su ámbito de competencia. Artículo adicionado DOF 17-04-200917-04-2009. Reformado DOF 15-01-2026
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