Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 87 Ley de la Fiscalía General de la República

Capítulo III

El presupuesto de la Fiscalía General se ejercerá en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones que para tal efecto emita la persona titular de la Fiscalía General.

La Fiscalía General goza de autonomía presupuestaria respecto de la asignación, reparto, distribución, manejo, seguimiento y control de su presupuesto anual.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de enero de 2026.

Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial