Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 86 Ley de la Fiscalía General de la República

Capítulo III

La Fiscalía General elaborará su anteproyecto de presupuesto anual de egresos, el cual será remitido a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para su incorporación en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación que se remita a la Cámara de Diputados.

En todo caso deberá garantizarse la autonomía e independencia funcional y financiera.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de enero de 2026.

Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial