Artículo 81 Ley de la Fiscalía General de la República
Capítulo III
Para efectos de este Capítulo, [el arresto consiste en el confinamiento en espacios especiales destinado a ese fin; ] la amonestación, es el acto mediante el cual se le llama la atención a la persona servidora pública y la conmina a rectificar su conducta. Párrafo declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales 28-03-2023 y publicada DOF 27-09-2023 (En la porción normativa “el arresto consiste en el confinamiento en espacios especiales destinado a ese fin;”)
Quien amoneste lo hará de manera que ninguna persona de menor jerarquía a la persona amonestada, conozca de la aplicación de la medida y observará la discreción que exige la disciplina.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 5 de enero de 2026.
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial