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Leyes Descargar AYA

Artículo 308 Ley Federal del Trabajo

Capítulo XI

- Para la prestación de servicios de las personas trabajadoras artistas intérpretes o ejecutantes fuera de la República, se observarán, además de las normas contenidas en el artículo 28, las disposiciones siguientes: Párrafo reformado DOF 14-05-2026

I. Deberá hacerse un anticipo del salario por el tiempo contratado de un veinticinco por ciento, por lo menos; y

II. Deberá garantizarse el pasaje de ida y regreso

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Cambió
  4. Sin cambios

Cambió en el cotejo del 27 de julio de 2026. Ver qué cambió

Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de mayo de 2026. Documento oficial