Artículo 82 Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
Capítulo UNICO
- Se impondrá de uno a seis años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien transfiera la propiedad de un arma sin el permiso correspondiente.
La trasferencia de la propiedad de dos o más armas, sin permiso, o la reincidencia en la conducta señalada en el párrafo anterior, se sancionará de cinco a quince años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Artículo reformado DOF 08-02-1985, 24-12-1998, 29-05-2025
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 29 de mayo de 2025. Documento oficial