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Leyes Descargar AYA

Artículo 5 Constitución Política del Estado de Yucatán

Capítulo I

Son Yucatecos:

I.- Todos los nacidos dentro o fuera del territorio del Estado, de padres yucatecos;

II.- Los nacionales originarios de las demás Entidades de la República Mexicana, que hubiesen residido en el Estado seis meses consecutivos; y

III.- Los extranjeros que se naturalicen con arreglo a las Leyes de la República y que hubieren residido en el Estado seis meses consecutivos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Yucatán. Documento oficial