Artículo 26 Constitución Política del Estado de Veracruz
Capítulo II
El Congreso tendrá como asuntos de atención preferente:
I. En el primer período de sesiones ordinarias:
(REFORMADO, G.O. 14 DE OCTUBRE DE 2024) a) Examinar, discutir y, en su caso, modificar y aprobar el presupuesto que, en relación con los ingresos y egresos del año siguiente, le sea presentado durante la segunda quincena de octubre por la Gobernadora o el Gobernador del Estado. Cuando sea año de renovación conjunta del Congreso del Estado y de la persona Titular del Poder Ejecutivo, ésta tendrá, a más tardar, hasta el día quince de noviembre para presentar el presupuesto.
(REFORMADO, G.O. 18 DE MARZO DE 2003) b) Examinar, discutir y aprobar las leyes de ingresos de los municipios, que sean presentadas en las fechas que indique la ley respectiva; y
(DEROGADO; G.O. 17 DE JULIO DE 2015) c) Se deroga
(ADICIONADA, G.O. 23 DE NOVIEMBRE DE 2018) d) Recibir el informe anual del Gobernador sobre el estado general que guarda la administración pública estatal.
(DEROGADA; G.O. 17 DE JULIO DE 2015) II. Se deroga
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial