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Artículo 8o. Constitución Política del Estado de Tamaulipas

Capítulo III

Son obligaciones de los ciudadanos del Estado:

I.- Votar en las elecciones populares en la forma que disponga la Ley;

II.- Desempeñar los cargos de elección popular y los concejiles para que fuere nombrado conforme a la Ley, salvo excusa legítima;

III.- Alistarse en la Guardia Nacional; Constitución Política del Estado de Tamaulipas Pág. 4

IV.- Alistarse en los Cuerpos de Policía Rural del Estado para defender su territorio y su soberanía, y para sostener su Constitución, sus Leyes y autoridad;

V.- Inscribirse en el padrón de su Municipalidad, manifestando la propiedad que tiene, o la industria, profesión o trabajo de que subsiste; los profesionistas además se inscribirán en el padrón que al efecto llevará la Secretaría General de Gobierno

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial