Artículo 103 Constitución Política del Estado de Sonora
Sección IV
- Todas las autoridades del Estado tienen el deber, para facilitar las labores del Ministerio Público, de prestarle auxilio cuando lo necesite, y el de proporcionarle todos los datos y elementos que pidiere en el desempeño de su encargo
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.
Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial