Artículo 51 Constitución Política del Estado de Sinaloa
Sección IV
La Diputación Permanente presentará en la primera sesión del período inmediato de la Legislatura, un informe escrito, por el que se dé cuenta del uso que haya hecho de sus atribuciones y de los negocios que hubiere despachado
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 19 de enero de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial