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Leyes Descargar AYA

Artículo 129 Constitución Política del Estado de Sinaloa

Título V

Las relaciones de trabajo entre los Municipios y sus trabajadores, se regirán por la Ley que el afecto expida el Congreso del Estado, acorde a los principios del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Reformado el Título V según Decreto No. 23 de fecha 26 de enero de 1984, publicado en el Periódico Oficial No. 12, de fecha 27 de enero de 1984).

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 19 de enero de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial