Artículo 25 Constitución Política del Estado de San Luis Potosí
Capítulo II
Son obligaciones de los ciudadanos potosinos:
(REFORMADA, P.O. 31 DE MAYO DE 2017) I.- Desempeñar los cargos de elección popular para los que sean electos que, en ningún caso, serán gratuitos;
II.- Inscribirse en el padrón electoral en los términos que determine la ley de la materia;
III.- Desempeñar las funciones electorales que les sean asignadas por la autoridad competente; y
IV.- Votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley.
(REFORMADO, P.O. 20 DE NOVIEMBRE DE 1996)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de San Luis Potosí. Documento oficial