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Leyes Descargar AYA

Artículo 37 Constitución Política del Estado de Oaxaca

Capítulo II

- Los Diputados son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de su cargo y nunca podrán ser reconvenidos por ellas.

Los servidores públicos titulares o responsables de la información, de la institución pública respectiva, facilitarán a los diputados la información que soliciten, salvo la que conforme a la Ley, su acceso se encuentre restringido por ser de clasificación reservada o confidencial

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial