Artículo 133 Constitución Política del Estado de Morelos
Capítulo II
Toda persona funcionaria o empleada pública, sin excepción alguna y antes de tomar posesión de su cargo, otorgará la protesta legal de cumplir esta Constitución y las Leyes que de ella emanen, en la forma siguiente:
(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 19 DE MAYO DE 2025) La persona Titular del Poder Ejecutivo Estatal protestará en los términos siguientes:
(REFORMADO, P.O. 4 DE AGOSTO DE 1965) "Protesto, bajo palabra de honor, guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Particular del Estado, las Leyes que de una y otra emanen, y cumplir fiel y patrióticamente con los deberes de mi encargo, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Estado, y si no lo hiciere así que la Nación y el Estado me lo demanden".
(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 19 DE MAYO DE 2025)
La persona Titular de la Presidencia del Congreso del Estado de Morelos protestará en iguales términos al instalarse el Congreso. En el mismo acto protestarán ante él las demás personas integrantes del Poder Legislativo. Las personas Titulares de las Magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos, del Tribunal de Disciplina Judicial, así como las personas Titulares de los Juzgados del Poder Judicial, protestarán ante el Congreso en los términos antes expuestos. Las Personas Integrantes del Pleno del Órgano de Administración Judicial que fueren designados por el poder Legislativo o por la persona Titular del Poder Ejecutivo, otorgarán ante ellos la protesta constitucional, y las Personas Integrantes que fueren designadas por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia lo harán ante la persona Titular del Poder Judicial. Las demás personas funcionarias o empleadas rendirán su protesta ante su superior inmediato jerárquico en la forma siguiente:
(REFORMADO, P.O. 4 DE AGOSTO DE 1965) "Protestais guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Particular del Estado, las Leyes que de una y otra emanen, y cumplir leal y patrióticamente con los deberes del cargo de......................que el Estado os ha conferido"? El interrogado contestará. "Sí Protesto. Acto continuo, la misma autoridad que tome la Protesta dirá. "Si no lo hiciereis así, que la Nación y el Estado os lo demanden".
(REFORMADA SU DENOMINACIÓN, P.O. 21 DE MARZO DE 2018)
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Texto tomado de SCJN. Documento oficial