Artículo 102 Constitución Política del Estado de Guerrero
Sección III
El Tribunal Superior de Justicia funcionará en Pleno y en Salas, de conformidad con las atribuciones estipuladas en esta Constitución y en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
El Pleno se integrará con las magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia.
Las salas serán colegiadas y unitarias. Las colegiadas se integrarán con tres magistradas o magistrados cada una, de las cuales una ocupará la presidencia en términos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
(REFORMADO, P.O. 26 DE AGOSTO DE 2025
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial