Artículo 86 Bis Constitución Política del Estado de México
Capítulo TERCERO
La Seguridad Pública es una función del Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios, en sus respectivos ámbitos de competencia, cuyos fines son salvaguardar la vida, los derechos, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o. de esta Constitución que garantiza los deberes reforzados de protección del Estado con las mujeres, adolescentes, niñas y niños; así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social, de conformidad con lo previsto en esta Constitución y las leyes en la materia.
La seguridad pública comprende la prevención, investigación y persecución de los delitos, la supervisión de la prisión preventiva y ejecución de sentencias, además, de la reinserción social de las personas sentenciadas, así como la sanción de las infracciones administrativas, en términos de ley, en la competencia correspondiente. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá bajo los principios de autonomía, eficiencia, imparcialidad, legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, responsabilidad, perspectiva de género, el amor a la patria, el federalismo cooperativo, la protección de la persona, su dignidad y el respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que el Estado Mexicano sea parte y en esta Constitución.
Las Instituciones de Seguridad Pública serán disciplinadas, profesionales y de carácter civil.
El Ministerio Público y las instituciones policiales deben coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán los Sistemas Nacional y Estatal de Seguridad Pública, y deberán garantizar el cumplimiento de sus objetivos bajo los principios de igualdad sustantiva y no discriminación, con un enfoque integral que priorice la prevención, investigación y sanción de las violencias de género, y deberán promover una cultura de paz y respeto a los derechos humanos. Se prestará especial atención a las necesidades y particularidades de las mujeres, adolescentes, niñas y niños, asegurando su acceso a la justicia y a una vida libre de violencias. El Sistema Estatal de Seguridad Pública se integrará conforme a las bases establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes de la materia.
SECCIÓN CUARTA
Del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.
Historial de este artículo
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial